Qué debe recoger la tabla
Los catorce alérgenos del anexo II del Reglamento (UE) n.º 1169/2011, en el orden en que los numeran las cocinas: primero los cereales con gluten, al final los moluscos. En España, el Real Decreto 126/2015 fija cómo se informa de ellos en la comida sin envasar, que es lo que sirve un bar o un restaurante.
La lista es cerrada. El ajo o el pimiento no van en las columnas; una intolerancia fuera de las catorce se anota en observaciones.



